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Categorización de los alojamientos rurales – estrellas verdes

leído en el blog de: escapada rural

Que los viajeros conozcan la calidad de una casa rural de un vistazo, como en los hoteles. Ese es el objetivo de las Estrellas Verdes. Pero clasificar el sector no está siendo fácil. Hay debates, iniciativas, rechazos. Por ahora, el proceso de homogeneizar la clasificación de todas las casas rurales en España está parado salvo en Castilla y León, pese al Plan Integral de Turismo Rural de 2014. En abril de 2013, tras reuniones entre directores generales de Turismo y Turespaña, se estableció un sistema internacional para identificar la calidad de los alojamientos: las estrellas verdes. Por ahora, en cambio, solo se aplica desde el 3 de marzo de 2015 en Castilla y León. Hablamos con Luis Ángel Chico, presidente de ACALTUR (Federación de Asociaciones Castellano y Leonesas de Turismo Rural), para saber más sobre las estrellas verdes. Aquí tienes todo lo que necesitas saber. El debate está abierto.

¿Qué son las estrellas verdes?

Las estrellas verdes son el nuevo símbolo de categorización establecido por la Junta de Castilla y León en base al Decreto de Turismo Rural 75/2013 por el que las casas rurales podrán ser identificadas a partir del 3 de marzo de 2015 en base a unos criterios o estándares de calidad establecidos entre la Junta y las principales asociaciones empresariales.

¿Cuándo se crearon?

Surge de la necesidad de establecer unos criterios que permitan a los clientes identificar de forma sencilla casas rurales como en el turismo convencional. En las reuniones mantenidas entre la Junta de Castilla y León y ACALTUR se busca establecer un decreto que desarrolle la Ley 14/2010 donde se especifica se esteblecerá un sistema de categorización. Así mismo y de forma simultanea comienzan reuniones entre los Directores Generales de Turismo de cada región de España para comenzar un proceso de homogeneización en conjunción con Turespaña. El proceso hoy en día continua. En el inicio de dicho proceso se establecio que el símbolo que pudiera identificar a los alojamientos rurales a nivel internacional serían las estrellas verdes.

¿Son obligatorias para todas las casas rurales?

Actualmente de acuerdo a la legislación de Castilla y León y acorde con el decreto 75/2013 son obligatorias para todos los alojamientos rurales (Casas Rurales, Hoteles Rurales y Posadas) a partir del 3 de marzo del 2015.

¿Quién las otorga y bajo qué criterios?

Las otorga la Junta de Castilla y León. Para ello es necesario:

  • En el caso de antiguos alojamientos anteriores a la Ley 14/2010 tendrán que presentar la declaración responsable junto con la categorización incluida dentro del decreto. Los criterios están establecidos para casas rurales por un lado y para hoteles rurales y posadas por otro.
  • En el caso de nuevos alojamientos ya se darían de alta de acuerdo a la nueva ley y decreto siendo obligatoria ya la categorización

¿Qué deben hacer los propietarios?

El propietario de un alojamiento rural de Castilla y León anterior a la Ley 14/2010 tiene que proceder a presentar la declaración responsable y la categorización por autoevaluación de acuerdo a unos criterios establecidos en las correspondientes secciones de turismo provinciales. Una vez entregados los documentos el propietario tiene el plazo de un mes para colocar la placa con las estrellas verdes o solo la placa de estrellas en el caso de antiguos alojamientos si asi lo desean. En dicho plazo un inspector procedería a auditar o revisar la autoevaluación considerando si debe realizar una subsanación o si la autoevaluación es correcta.

¿Qué coste tienen?

Actualmente el coste de la placa depende del alfarero que las realice ya que no hay un precio fijo establecido. La Orden CYT/114/2014 establece cómo deben ser los distintivos.

¿Cómo se adaptan las estrellas verdes a todas las CC.AA.?

Actualmente existe un proceso de homogeneización en el cual participan numerosas comunidades autónomas y cuya finalidad es fijar figuras comunes que permitan unificar el turismo rural a nivel nacional. Este proceso continúa en colaboración con Turespaña y se está a la espera de saber qué se determinará. De momento la primera comunidad autónoma que ha adaptado la Ley estableciendo tres únicas figuras (casa rural, hotel rural y posada) y ha establecido la categorización por estrellas verdes ha sido Castilla y León.

¿Por qué estrellas?

La determinación del símbolo de estrellas verdes se esteblece por acuerdo en el proceso de homogeneización junto con Turespaña. Las espigas fueron la propuesta por parte de la Asociación Nacional de Turismo Rural en todo momento como símbolo ya establecido en la clasificación que actualmente tiene Asetur. Se consideraba un símbolo muy identificativo con el medio rural y ya conocido no solo en España sino anteriomente en Francia. Tras numerosos Consejos de Turismo y dentro del proceso de homogeneización se estableció finalmente el símbolo de estrellas verdes como más identificativo a nivel internacional.

¿Debilidades y fortalezas de las estrellas verdes?

Debilidades: hay aspectos que matizar en lo referente al sistema de categorización. Fortalezas: busca establecer unos mínimos con los que debe trabajar un alojamiento y que por lo tanto pueda identificar un cliente.

¿Qué repercusión tendrá el nuevo sistema de categorías?

Castilla y León es la primera comunidad autónoma en aplicarlo. Consideramos que la categorización y homologación van a ser dos acciones importantes para el Turismo Rural de Castilla y León. Van a servir para afianzar nuestros alojamientos con una mejora considerable de la calidad de los mismos. Los alojamientos rurales quedaran en tres tipologías Casa rural, Hotel Rural y Posada, desapareciendo los CRAC (casa rural alquiler compartido), CTR (Centro de Turismo Rural). Esto ayudará tanto al turismo nacional como al internacional a distinguir entre estos tipos de alojamiento y si le añadimos las estrellas nos permitirá saber cuáles son los servicios contratados o lo que ofrece el alojamiento contratado. Cuando uno iba a una casa rural se guiaba por internet o un folleto. Luego se encontraba lo que fuere. Ahora sabrá que en función de las estrellas tendrá unas características como mínimo. Para los extranjero todavía mejor: sabrán dónde se van a alojar con todas las garantías de servicio y calidad. Además, nos permitirá salir al extranjero con una buena promoción y comercialización de experiencias y alojamientos, con una tipología general y una categorización única, ayudando a esa distinción tan necesaria. Antes había más de 60 tipologías distintas en toda España. La economía sumergida es un problema a tener en cuenta en el turismo rural. Hay que intentar erradicar este tipo de gestión. Desde ACALTUR hacemos un seguimiento de los alojamientos que cometen irregularidades y las ponemos en conocimiento de las inspecciones territoriales. Es la Administración la encargada de sancionar.

La situación general del sector, ¿qué fallan?

Como profesional del turismo considero que Castilla y León cuenta con un gran potencial. Creo que es importante empezar a “vender” la gran riqueza de espacios naturales, la singularidad de nuestros alojamientos, el notorio patrimonio cultural, nuestras estupendas fiestas populares y por supuesto su exquisita gastronomía y sus buenos vinos ligados a productos de gran calidad. El turismo rural puede y debe ser el motor de dicha comercialización. No hay que olvidar que somos empresarios y como tales debemos buscar la rentabilidad de nuestros negocios y, por supuesto, para ello debemos potenciar y optimizar los recursos turísticos con los que contamos y son muchísimos. Quizá tenemos que empezar a creernos nosotros mismos lo que tenemos y el valor que tiene todo lo que nos rodea. Todo pasa por la profesionalización del sector, una formación continuada y la incorporación de las nuevas tecnologías al sector. Pero ¿cuántos alojamientos actualizan sus webs? ¿cuántos poseen redes sociales? ¿cuántos potencian las experiencias? Es importante concienciar a los propietarios/empresarios de la labor de equipo y de comercialización de microespacios donde restaurantes, museos, alojamientos, panaderías o cualquier negocio aporte su granito de arena para sacar adelante su comarca.

¿Dónde se puede ampliar más la información?

La información de estrellas verdes aparece en el Decreto 75/2013 de Turismo Rural de Castilla y León, Orden CYT/114/2014. Establece cómo deben ser los distintivos o placas de estrellas verdesn

Los alojamientos rurales tendrán un año para concederse estrellas verdes

Noticia original: http://www.diariodeleon.es/noticias/castillayleon/alojamientos-rurales-tendran-ano-concederse-estrellas-verdes_847771.html

La Comunidad será la primera en aprobar un decreto para poder regular el sector.

 

R. SASTRE | valladolid 29/11/2013

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José Antonio de Santiago-Juárez, en su comparecencia de ayer en Valladolid. RUBÉN CACHO

Empieza la cuenta atrás. Los alojamientos de turismo rural de Castilla y León tendrán de plazo un año para autocondecorarse con estrellas verdes, el distintivo que les permitirá certificar sus instalaciones, equipamientos o la calidad de sus servicios en el mercado nacional.

Así lo recoge el decreto aprobado ayer por el Consejo de Gobierno, que convierte a Castilla y León en la autonomía «pionera» en regular el funcionamiento de estos establecimientos, según explicó el portavoz de la Junta, José Antonio de Santiago-Juárez.

El modelo de categorización plasmado en la norma fue elaborado por la Comunidad, en colaboración con La Rioja, y asumido por el resto de autonomías en la Conferencia Sectorial de Turismo del 8 de abril de 2013, por lo que es válido en todo el país.

La ‘autocondecoración’ de estrellas verdes se fundamentará en una declaración responsable del propietario de la casa, hotel rural o posada –las tres figuras que también regulariza el decreto–, aunque luego la Junta podrá ejercer labores de inspección.

La definición de las casas rurales –el tipo de alojamiento más numeroso en la Comunidad, 3.414 ‘censadas por la Junta– quedará ‘acotada’, para las de nueva apertura, a establecimientos con un máximo de 16 plazas (seis más de lo permitido hasta ahora), que se alquilarán al completo, sin posibilidad de hacerlo por habitaciones.

Para conseguir las estrellas verdes, el propietario deberá examinar siete variables: entorno y situación; acondicionamiento, equipamiento y confort en las dependencias; equipamiento general, incluyendo exteriores; trato al cliente y servicios; sostenibilidad y cuidado del medio ambiente; seguridad y accesibilidad; y gestión de calidad desde el punto de vista de tratamiento al cliente y sus quejas.

En el caso de hoteles rurales y posadas, los criterios se amplían en tres más: restauración; y actividades y servicios adicionales. Además, de acuerdo con el decreto aprobado ayer, el hotel rural no tendrá capacidad mínima pero sí máxima, 50 plazas; mientras que no hay capacidad reglada para las Posadas.

En cuanto a los centros de turismo rural, descatalogados con la Ley de Turismo de 2010, tendrán un año de plazo para convertirse en hoteles rurales.

 

 

Nota de la Junta de Castilla y Léon

Castilla y León se ha convertido en la primera comunidad autónoma que ha regulado los alojamientos de turismo rural por categorías a través de un decreto pionero elaborado en colaboración con el sector y sobre la base de un consenso nacional en esta materia. Una de las principales novedades de esta norma es la catalogación de los alojamientos de turismo rural dentro de las figuras de Casa rural, Hotel rural y Posada así como su categorización en cinco niveles distintos en función de sus instalaciones, equipamientos y servicios identificados con estrellas verdes. Con la nueva normativa se pretende promover la calidad y la excelencia del turismo rural en Castilla y León, favorecer la iniciativa, innovación y competitividad del tejido turístico empresarial, elevar la confianza del cliente en la oferta y en la calidad de los servicios y reforzar los derechos de los clientes.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula los establecimientos de alojamiento de turismo rural en Castilla y León y, además, permitirá una mayor y más eficaz comercialización e internacionalización del turismo rural de la Comunidad. Este decreto surge de la necesidad de adaptar el actual marco normativo existente en materia de ordenación de alojamientos de turismo rural a la Ley de Turismo de Castilla y León de 2010 que, a su vez, incorpora en la Comunidad Autónoma los principios de la Directiva de 2006 tanto del Parlamento Europeo como del Consejo de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior.El decreto trata de adaptar la regulación del sector turístico a su realidad en Castilla y León y garantizar la adecuada protección de los turistas y de los recursos turísticos mediante el impulso de la modernización y mejora de los establecimientos de alojamiento de turismo rural. En Castilla y León hay 4.077 establecimientos de turismo rural a fecha 31 de octubre de 2013. De ellos 3.137 son casas rurales de alquiler, 277 casas rurales de alojamiento compartido, 515 centros de turismo rural y 148 posadas.El planteamiento de categorización que recoge el decreto responde a un largo proceso de colaboración con el propio sector y de coordinación con todas las comunidades autónomas para conseguir un modelo consensuado de turismo rural elaborado por Castilla y León junto a La Rioja que fue aprobado formalmente en la Conferencia Sectorial de Turismo de 8 de abril de 2013. Este consenso en torno a la homogeneización del turismo rural a nivel nacional que se ha impulsado y coordinado desde Castilla y León supone un hito que jamás se había conseguido antes, además de una reivindicación histórica del propio sector y una condición indispensable para una adecuada comercialización e internacionalización del turismo rural.

Casa rural, Hotel rural y Posada

El decreto establece la capacidad máxima de la Casa rural en 16 plazas -hasta ahora era de 10 plazas-. El Hotel rural no tendrá capacidad mínima y la máxima será de 50 plazas. Las Posadas mantienen la no exigencia de límite cuantitativo derivada de la singularidad de estos inmuebles.El régimen de explotación de las casas rurales será el de casa rural de alquiler completo, excluyendo el alquiler por habitaciones independientes. De esta forma, y a propuesta del propio sector, se establece un único régimen de explotación en este ámbito y a partir de la entrada en vigor del decreto no se podrán crear nuevas casas rurales cuyo régimen sea el de alojamiento compartido. En todo caso, las casas rurales de alojamiento compartido existentes en la actualidad podrán seguir con la actividad hasta el cese del negocio.

Se establece un novedoso sistema de categorización específico para este tipo de establecimientos en función de las instalaciones, equipamientos y servicios ofertados en cinco categorías dentro de cada tipo de establecimiento de alojamiento, que estarán representadas por estrellas verdes, lo que garantizará una identificación análoga respecto al resto de establecimientos de alojamiento turístico.

Todos los establecimientos de turismo rural existentes en la actualidad tienen que categorizarse presentando la correspondiente declaración responsable en el plazo de un año desde la entrada en vigor del decreto. Este regula el régimen de acceso y ejercicio de la actividad, la dispensa de requisitos, la declaración responsable o la modificación, cese o cambio de titularidad de la actividad. Se incorpora la posibilidad de presentación por medios electrónicos, a través de ‘tramitacastillayleon’ y se contempla la necesaria actuación administrativa de comprobación de cumplimiento de la legalidad.

Los Centros de Turismo Rural, cuya figura fue ya suprimida por la Ley de Turismo de 2010, dispondrán de un año para reconvertirse en hoteles rurales, figura más acorde con la actual demanda turística, sin perjuicio de que puedan presentar una nueva declaración si cumplen con los requisitos para otro tipo de alojamiento de turismo rural como Posada o Casa rural.

Este decreto regula también el régimen de funcionamiento de los establecimientos de alojamiento de turismo rural en todo lo relativo a la prestación de servicios, normas de funcionamiento, sistema de reservas, precios, facturación o acceso a la información por parte de los usuarios. Tal y como se contemplaba en la anterior normativa, los establecimientos de turismo rural estarán ubicados en poblaciones que no superen los 3.000 habitantes y, de forma excepcional, podrán ubicarse en municipios de hasta 20.000 habitantes siempre y cuando sea en suelo calificado como rústico.

Sistema de categorización

El sistema de categorización es una de las novedades más destacables del texto aprobado hoy. Se basa en la autoevaluación que hacen los titulares de las instalaciones, equipamientos y servicios del establecimiento a partir de siete áreas valorables con sus correspondientes criterios en el caso de las casas rurales y de diez en el caso de los hoteles rurales y las posadas. Cada establecimiento deberá obtener una puntuación por área que será el resultado de los puntos obtenidos en todos los criterios de cada área en virtud de unos valores asignados. En función de los puntos obtenidos se les asignará el número de estrellas.

La Administración tiene a disposición de los empresarios un sistema de asesoramiento en lo relativo a la aplicación de criterios de valoración para una correcta autoevaluación. Ya se ha desarrollado una labor informativa y de divulgación con jornadas previas de información en colaboración con ACALTUR, tarea con la que se continuará en los próximos meses, para que el contenido del decreto llegue a todas las personas interesadas. Cada titular debe ser responsable del cumplimiento de la normativa lo que no impide que se prevea también un sistema de inspección y comprobación por parte de la Administración para analizar si los datos que se recogen en la declaración se ajustan a la legalidad.

Las áreas y criterios con los que se procederá a la evaluación del sistema de categorización son los siguientes:

En primer lugar el entorno y la situación, con aspectos como el acceso al alojamiento o los espacios exteriores. La estructura y el acondicionamiento será la segunda de las áreas en asuntos relativos a superficie y equipamiento en cocina; equipamiento, superficie por plaza, estructura o confort en salones y comedores; número de habitaciones en relación al número de plazas, superficie de la habituación individual y de la doble o equipamiento en el caso de las habitaciones; y superficie y equipamiento o mobiliario en el cuarto de baño. El tercero de los criterios se refiere al equipamiento general, tanto al equipamiento interior de ocio como al exterior y al estacionamiento del vehículo. El trato con el cliente y servicios es la cuarta área que se valorará en la que se atenderán los criterios de atención personalizada al cliente o el idioma extranjero. La quinta de las áreas hace referencia al medio ambiente y la sostenibilidad en lo relativo a la eficacia energética y ahorro de agua o a la selección y tratamiento de los residuos. La seguridad y la accesibilidad será la sexta de las áreas y la séptima la gestión de la calidad en lo relativo al tratamiento de quejas y medición del grado de satisfacción del cliente y el procedimiento de gestión del establecimiento.Estas siete áreas son comunes para casas rurales, hoteles rurales y posadas. En el caso de los hoteles rurales y las posadas habrá tres áreas más que se tendrán en cuenta. La octava de las áreas para estos alojamientos será la de restauración, en la que se contempla desayuno, comida y cena y la gastronomía de Castilla y León. Una novena área valorará las actividades adicionales o las actividades corporativas y la décima se centrará en servicios adicionales como depósito o servicio de recepción.

Ventajas de la homogeneización

El nuevo marco normativo presenta criterios de homogeneización que llevarán aparejadas importantes ventajas. Una de ellas será que permitirá mejorar las condiciones de comercialización de este producto turístico al arrojar claridad a los operadores turísticos, con lo que se mejorará la comercialización on-line y la conformación de paquetes turísticos con los servicios de alojamiento rural. La homogeneización resulta al mismo tiempo imprescindible para conseguir una adecuada y eficaz internacionalización del turismo rural a través de la promoción y comercialización en mercados exteriores de un producto identificable y reconocible con criterios homogéneos.Asimismo, una adecuada armonización generará confianza al cliente final en la contratación de alojamientos de turismo rural, el mercado percibirá el turismo rural como un auténtico producto turístico con características homogéneas y evitará la enorme dispersión de tipologías y simbologías que actualmente existen en el turismo rural.

Acuerdo de homogeneización de la normativa autonómica

Castilla y León ha impulsado, junto con los sectores implicados en el turismo rural y con el resto de comunidades autónomas, un desarrollo normativo que permita contar con un marco adecuado para ofertar un turismo de calidad, favoreciendo la iniciativa, la innovación y la competitividad del tejido turístico empresarial de la región, contribuyendo a elevar la confianza del cliente en la oferta, reforzando sus derechos y elevando la calidad de los servicios turísticos.

Durante la elaboración de este decreto tuvo lugar precisamente el acuerdo por todas las comunidades autónomas de un documento de consenso para homogeneizar el desarrollo normativo del turismo rural. La propuesta de homogeneización en la regulación del turismo rural en las distintas comunidades autónomas españolas ha sido recogida en el Plan Nacional Integral de Turismo 2012-2015 en el que se contempla la necesidad de aproximar las legislaciones autonómicas en esa materia, una propuesta que es compartida por todas las comunidades.

En la Conferencia Sectorial de Turismo de 8 de abril de 2013 se acordó aprobar por las comunidades autónomas, con el apoyo de Turespaña, un documento de consenso para la elaboración de la normativa de turismo rural, teniendo como ejes el concepto o tipología de los establecimientos de turismo rural, la categorización y criterios para su determinación y el distintivo común a través de estrellas verdes.

Tramitación del decreto y colaboración del sector

El nuevo decreto de Turismo Rural es el fruto de un trabajo en el que el sector ha estado presente desde el principio. Además de las personas de la propia Administración que han participado en la elaboración, el sector privado también lo ha hecho desde el primer momento. A estos efectos se creó un grupo de trabajo con el objetivo de elaborar un borrador que fuese objeto posteriormente de la preceptiva tramitación administrativa. Con ello, se introducía así un elemento más de participación de los sectores interesados en este Decreto. Este grupo estuvo constituido por técnicos de la Administración, representantes de la Federación de Asociaciones de Turismo Rural de Castilla y León ACALTUR y por representantes de la Federación de Hostelería de Castilla y León.

En este grupo de trabajo se analizaron desde su primera reunión los aspectos esenciales del decreto como los conceptos, los límites poblacionales, la clasificación y la categorización, con el fin de llegar a un consenso a partir del cual construir el texto.

Este borrador consensuado es el que fue objeto de la correspondiente tramitación administrativa que, previo conocimiento por la Comisión Delegada de Asuntos Económicos el 4 de abril de 2012, incluyó entre los trámites el informe del Consejo Autonómico de Turismo, máximo órgano en materia de asesoramiento para la Administración Autonómica, la audiencia por las consejerías de la Junta de Castilla y León y los informes de la dirección general de Presupuestos y Estadística, de la Asesoría Jurídica, del Consejo Económico y Social, del Consejo Consultivo y de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos para ser aprobado finalmente por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León.

 

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Estrellas verdes, nueva clasificación común para el turismo rural

Publicado el 9 abril 2013 por Ana García Mellado en el Blog de Top Rural

El ministro de Industria, Energía y Turismo acordó ayer con las comunidades autónomas impulsar una clasificación común de alojamientos rurales. El actual sistema compuesto por espigas, bellotas y encinas (entre muchos otros), será sustituido por la nomenclatura común de “estrellas verdes“. Esta elección ha sido motivada por la fácil identificación y reconocimiento internacional que facilitará la comercialización del sector.

Con esta iniciativa, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo “pretende homogeneizar la clasificación de los alojamientos rurales para conseguir unificar el mercado e incrementar la eficacia de las medidas de promoción de este producto, tal y como establece el Plan Nacional e Integral de Turismo“.

Las ventajas de esta clasificación común son claras: facilitar la promoción de los destinos y alojamientos de turismo rural en España y en el extranjero, mejorar la comprensión internacional del turismo rural, unificar el mercado, y una mayor eficacia de las medidas de promoción de este producto, entre otras.

Cataluña es la única comunidad que de momento se ha abstenido de sumarse a la iniciativa al entender que esta unificación de alojamientos rurales podría generar confusión frente al propio modelo turístico que se está desarrollando en la región, y seguirá promocionando sus alojamientos bajo la denominación de espigas.

El proceso de integración se llevará a cabo de manera progresiva por parte de las comunidades que lo han consensuado, aunque de momento no se conocen plazos específicos para su implantación.

Ayer también se acordó la promoción de un plan internacional de promoción del turismo rural, y una campaña de fidelización del turismo nacional con el fin de que “los españoles viajen por España“, y con el objetivo de generar riqueza y dinamizar aquellas áreas geográficas con mejor flujo turístico o económico. Los mercados prioritarios a los que se dirigirá este plan son: Alemania, Francia, Portugal y Reino Unido, adaptando la oferta a las exigencias de los turistas internacionales que buscan nuevas experiencias.